PERSONAL DIRECTIVO PÚBLICO EN ESPAÑA, EL. (Su régimen jurídico antes y después del EBEP).
- Sinopsis
- Índice
Es opinión, hoy mayoritaria, que las Administraciones públicas españolas necesitan contar con un personal directivo sujeto a un régimen jurídico profesional en tanto que factor decisivo para su modernización. Así lo reconoce y prevé el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), como también algunas leyes autonómicas ya aprobadas (Ley valenciana 10/2010, de 9 de julio y Ley castellano-manchega 4/2011, de 10 de marzo), o a punto de serlo. Sin embargo, dicho entendimiento y esta previsión están lejos de haberse materializado.
Los legisladores y ejecutivos (estatal, autonómico y local), a pesar de la «puerta abierta» a la profesionalización por el EBEP, continúan aferrados, en general, al modelo directivo de spoil system cerrado anterior. Un modelo que descansa sobre la confianza (personal o de partido) que el titular del órgano superior y político otorga discrecionalmente («a dedo») en favor, las más de las veces, de un alto funcionario.
Ello se explica, entre otras razones, por la
ausencia de una visión sistemática del régimen jurídico de personal directivo y
público. Así es, debido a distintos motivos (resistencia de la clase política,
corporativismo funcionarial, etc.), aquellos legisladores y ejecutivos no sólo
no han querido instaurar un modelo de dirección pública profesional, sino que no
han sabido cómo hacerlo.
Pues, a pesar de existir aportaciones (doctrinales
y jurisprudenciales) de mérito sobre este particular, hemos carecido hasta ahora
de un tratamiento integral de la «cuestión directiva».
Y esta es cabalmente la laguna que este libro
pretende cubrir. En sus páginas encontramos un estudio riguroso, detallado y
actual del régimen jurídico del personal directivo público como si de un todo
único se tratara. Un estudio que nos advierte de las dificultades que afligen a
esta temática; que pone en valor al directivo público en el marco del proceso
modernizador; y que, principalmente, describe cuál ha sido, es y podría ser el
régimen jurídico de directivos en el ámbito de la Administración del Estado, de
las Comunidades Autónomas y de los Entes locales.
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