PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. (Adaptada a la Ley 7/2007, Estatuto Básico del Empleado Público) (Incluye CD-Rom con Jurisprudencia)

Autor:
LORENZO DE MEMBIELA, J.B.
Editorial:
Aranzadi
Páginas:
1206
Edición:
3
Fecha de publicación:
25/06/2009
ISBN:
9788499031521
El precio original era: 156,20€.El precio actual es: 148,39€.
Entrega en 24/48h

    En esta tercera edición el autor ha sistematizado los nuevos Acuerdos de La Comisión Superior de Personal dictados tras la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, en los cuales se aprecia una evolución interpretativa muy sugestiva. Se actualiza el estudio con nueva legislación dictada: Ley 2/2008, de 23 de diciembre, Orden APU/3039/2008, de 22 octubre, Orden TIN/1540/2008, de 30 mayo 2008 y Resolución de 28 de noviembre de 2008, entre otras. Por su interés, se recoge legislación dictada por diferentes CCAA tras el EBEP, Ley 7/2007, en materia de permisos y licencias de los empleados públicos. Y un elenco importante de sentencias de tribunales.

    Se incluye un repertorio de dictámenes de la Dirección General de Tributos que complementa el contenido de la abra.

    En definitiva, nos hallamos ante una obra amplia, en cuanto a las fuentes documentales empleadas, con un tratamiento riguroso en su estudio y ordenación que pretende paliar vacíos normativos e interpretaciones insuficientes que siempre concurren cuando se trata de una materia como la que constituye el objeto de estudio de este volumen.

 


TÍTULO I
DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS
 

CAPÍTULO I
INTRODUCCIÓN. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS

I. Regulación histórica de los derechos de los funcionarios públicos

II. Regulación moderna de los derechos de los empleados públicos

III. Regulación vigente de los derechos de los empleados públicos

IV. Conclusión reflexiva
 

CAPÍTULO II
NATURALEZA JURÍDICA DE LOS DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS

I. Derechos consolidados y expectativas jurídicas

II. Principio de confianza legítima y expectativas legítimas

III. Relaciones de sujeción especial y su degradación

IV. La evolución no lineal de los derechos en la burocracia
 

CAPÍTULO III
EL TELETRABAJO COMO NUEVA FORMA ORGANIZACIONAL
 

CAPÍTULO IV
PERMISOS Y LICENCIAS. DIFERENCIAS

I. Normativa

II. Diferencias entre permisos y licencias

III. Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007 e Instrucciones para la aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 5 de junio de 2007, para la aplicación del EBEP en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
 

 

CAPÍTULO V
EXTENSION DE LA LEBEP 7/2007, COMO NORMA BÁSICA DEL ART. 149.1
°.18ª CE

I. Administración Local

II. Organismos públicos y Organismos reguladores

III. Regulación normativa de los permisos y licencias en la Administración de la Seguridad Social.

IV. Regulación normativa en las Comunidades Autónomas y la incidencia de la LEBEP 7/2007
    IV. 1. Comunidad Autónoma de Andalucía
    IV.2. Comunidad Autónoma de Aragón
    IV.3. Comunidad Autónoma de La Rioja
    IV.4. Comunidad Autónoma de Extremadura
    IV.5. Comunidad Autónoma de Canarias
    IV.6. Comunidad Autonoma de Cantabria
    IV.7. Comunidad Autónoma de Madrid
    IV.8. Comunidad Autónoma de Murcia
    IV.9. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
    IV.10. Comunidad Autonoma de Valencia
    IV.11. Comunidad Autónoma de Castilla y León
    IV.12. Comunidad Autónoma de Cataluña
    IV.13. Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
    IV.14. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
    IV.15. Comunidad Foral de Navarra
    IV.16. Comunidad Autónoma del País Vasco
    IV.17. Comunidad Autónoma de Galicia
 

 

CAPÍTULO VI
ORDENACIÓN SISTEMÁTICA DE LOS PERMISOS EN LA LEBEP 7/2007

 

 

TÍTULO II
ANÁLISIS JURÍDICO DE LOS PERMISOS RECONOCIDOS A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS EN EL ART. 48 LEBEP 7/2007
 

CAPÍTULO I
PERMISO POR FALLECIMIENTO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD GRAVE DE FAMILIAR

I. Regulación normativa

II. Grados de parentesco. Extensión a uniones de hecho

III. Día de inicio del permiso y su cómputo

IV. Eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio
    IV.1. Consideraciones generales
    IV.2. Procedimiento administrativo especial

V. El sábado como día hábil para el disfrute de los días de permiso

VI. La concesión del permiso no está supeditada a las necesidades del servicio.

VII. Significado del término localidad a efectos de concesión de los días de permiso

VIII. Calendario laboral

IX. Concepto de accidente

X. Enfermedad grave, hospitalización y enfermedad muy grave
    X.1. Interpretación de la expresión «enfermedad grave»
    X.2. Interpretacion de la expresion «enfermedad muy grave»
    X.3. Enfermedad grave e intervención quirúrgica

XI. Prórroga del permiso enfermedad o accidente grave

XII. Aspectos procedimentales del permiso

XIII. Justificación

XIV. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio
    XIV.1. Consideraciones generales
    XIV.2. Procedimiento administrativo especial

XV. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Interrupción del período vacacional con ocasión de la muerte de un familiar

2. Extensión analógica a grados de parentesco no reconocidos

3. Consideración al entierro de un familiar lejano como cumplimiento de deber

    público o de carácter inexcusable.

4. Tratamiento de las situaciones de separación legal del matrimonio a efectos

    de disfrute de permisos del artículo 30.1°. a) bis LMRFP de 1984.

5. El permiso por accidente o enfermedad grave de familiar tienen una duración

    determinada.

6. Uso del permiso por enfermedad grave para acompañar a familiar a Centro

    médico.

7. Nulidad de la resolución administrativa que concede licencia por asuntos pro-

    pios omitiendo la solicitada por enfermedad grave.

8. Concesión del permiso en atención a las circunstancias familiares

9. Recaídas o duración prolongada de enfermedad grave de familiar

10. Usar con posterioridad al hecho causante los días previstos por accidente o

      enfermedad grave

11. Interrupción del permiso por enfermedad grave ante la muerte del familiar

12. Concesión del permiso por muerte o accidente o enfermedad grave del califi-

      cado vulgarmente como «concuñado»

13. Reconocimiento del permiso al personal funcionario de Correos y Telégrafos

14. Tratamiento de las situaciones de separación legal del matrimonio a efectos

      de disfrute de permisos del artículo 30.1°.a) bis LMRFP de 1984.

15. Los sábados se consideran días hábiles a efectos del disfrute de dichos

      permisos.

16. Permiso de enfermedad grave en el supuesto de tutores legales: sobrina con

      tía con Alzheimer y tía con dos sobrinos.
 

 

CAPÍTULO II
TRASLADO DE DOMICILIO SIN CAMBIO DE RESIDENCIA

I. Regulación normativa

II. La inamovilidad en la residencia del funcionario como requisito del permiso

III. Día de inicio del permiso

IV. Cómputo civil o administrativo de los días de permiso del art. 48.1°.b) Ley 7/2007

V. El sábado como día hábil para el disfrute de los días de permiso

VI. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio

    VI.1. Consideraciones generales

    VI.2. Procedimiento administrativo especial

VII. Aspectos procedimentales

VIII. Justificación

IX. Competencias Administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Denegación del permiso por traslado de domicilio sin cambio de residencia a

    funcionario que finaliza una licencia por estudios.

2. Imposibilidad de que la Administración Local incremente los días de permiso

    por traslado de domicilio sin cambio de residencia.

3. imposibilidad de sumar el permiso por traslado de domicilio sin cambio de re-

    sidencia al plazo posesorio para tomar posesión.

4. La inexistencia del permiso por traslado de domicilio con cambio de residencia

    previsto en el Reglamento de Oficiales de Justicia de 1996 -hoy derogado- no

    cabe extenderlo a la Administración General del Estado.

5. Concesión del permiso por traslado de domicilio sin cambio de residencia aun-

    que el domicilio esté o no en el mismo término municipal.

6. Día que debe otorgarse para el permiso por traslado de domicilio sin cambio

    de residencia.

7. Concesión del permiso por cambio de hotel o hospedaje

8. El permiso del art. 48.1°.b) Ley 7/2007 posee carácter legal procediendo su

    concesión cuando concurre el hecho previsto.

9. Posibilidad de modular la concesión de permisos en atención a las necesida-

    des del servicio.

10. Procedencia del permiso en los supuestos de separación legal del matrimonio
 

 

CAPÍTULO III
PERMISOS PARA REALIZAR FUNCIONES SINDICALES O DE REPRESENTACIÓN DE PERSONAL

I. Regulación normativa

II. Tipología de los permisos sindicales

III. Competencia para el reconocimiento de los permisos

IV. La concesión del permiso está supeditada a las necesidades del servicio

V. Aspectos procedimentales

VI. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio

    VI.1. Consideraciones generales

    VI.2. Procedimiento administrativo especial

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Concepto de centro de trabajo a efectos de representación de la Ley Orgánica

    11/1985, de Libertad Sindical.

2. Personal mínimo para que los delegados sindicales tengan derecho a los cré-

    ditos horarios y los derechos previstos en el art. 10 de la Ley 11/1985.

3. Significado de los términos «garantías» de los delegados sindicales y «garantía

    y derechos» de los miembros de las Juntas de Personal y los delegados de

    personal.

4. Cesión o acumulación de créditos horarios de miembro de la Junta de Personal

    que cambia su afiliación sindical.

5. Consecuencias del cambio de afiliación sindical de miembro de la Junta de

    Personal y su efectos en la representatividad del Sindicato.

6. Justificación a la unidad de personal del uso de los créditos horarios utilizados

    por los miembros de una Junta de Personal.

7. Tipo de personal para componer el cupo de 250 trabajadores para constituir

    Secciones Sindicales.

8. Exigencia que un Sindicato esté presente en los Órganos Unitarios de Repre-

    sentación para que su sección sindical tenga Delegados Sindicales dotados de

    las garantías y créditos correspondientes.

9. Viabilidad de que un delegado sindical ceda créditos horarios a otro delegado

    sindical del mismo Sindicato pero adscrito a un Centro de Trabajo diferente y

    perteneciente, por lo tanto, a otra Sección Sindical.

10. Efectos del cambio de afiliación sobre: Composición de la Junta de Personal,

     Delegados sindicales existentes y Representatividad sindical en general.

11. Acumulación de créditos horarios y requisitos para la comunicación de tal

     acumulación.

12. Sustitución de un miembro de laJunta de Personal por el candidato siguiente

     en la candidatura.

13. Competencia para comunicar a la Subdelegación de Gobierno o Delegación de

     Gobierno la sustitución de un componente de la Junta de Personal.

14. Acumulación en una funcionaria con permiso para funciones sindicales de las

      horas de otros representantes del mismo sindicato.

15. Contratación bajo régimen de interinidad de trabajador que desempeñaba el

      puesto que se precisa cubrir tiene la situación de liberado por funciones

      sindicales.

16. Crédito horario de un liberado sindical y posibilidad de transmitirlo a otro

      compañero de la misma candidatura.

17. El reconocimiento del permiso del art. 48.1°.c) LEBEP 7/2007, sólo procede

      respecto a Delegados sindicales y Juntas de Personal.
 

 

CAPÍTULO IV
CONCURRIR A EXÁMENES FINALES Y DEMÁS PRUEBAS DEFINITIVAS DE APTITUD

I. Regulación normativa

II. Omisión de la dicción «centro oficial» en el permiso

III. Régimen general del permiso

IV. Jornada de trabajo y examen

V. Independencia del municipio o localidad en donde se realicen las pruebas a efectos de su concesión.

VI. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio

    VI.1. Consideraciones generales

    VI.2. Procedimiento administrativo especial

VII. Aspectos procedimentales

VIII. Justificación

IX. Competencias Administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Exclusión del permiso para formalizar matrícula de post-grado

2. Concesión del permiso para concurrir a pruebas selectivas de acceso a la

    Administración.

3. Concesión del permiso para concurrir a entrevista personal en las convocatorias

    de los concursos de méritos en los que participan.

4. Tesis doctorales o la incomprensión de la Administración hacia estudios de

    Tercer Ciclo dirigidos a obtener grado académico de Doctor.

5. Denegación del permiso para asistir a la corrección de tesis doctorales con el

    tutor-catedrático.

6. Concesión de permiso retribuido para la obtención del título de patrón de yate.

7. Concesión del permiso para asistencia a Seminario organizado por Cátedra de

    Universidad que supone la posibilidad de configurar el 20% de la calificación

    absoluta.

8. Denegación del permiso para concurrir a cursos de Profesores de formación vial

    de presencia obligatoria.

9. Concesión de permiso cuando los exámenes concurran en día inhábil.

10. Imposibilidad judicial de modificar el criterio administrativo de concesión del

      permiso por realizarse en ejercicio de la potestad de autoorganización

      administrativa.
 

 

CAPÍTULO V
EXÁMENES PRENATALES, TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA

I. Regulación legal

II. Examenes prenatales y técnicas de preparación al parto

III. Técnicas de fecundación asistida

IV. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio

V. Competencias Administrativas
 

 

CAPÍTULO VI
LACTANCIA DE HIJO MENOR: PERMISO Y ACUMULACIÓN HORARIA. RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL.

I. Regulación normativa
    I.1. Origen del permiso

    I.2. Permiso por lactancia

II. Lactancia y Prevención de riegos laborales

III. Requisitos del permiso: concurrencia de dos o más hijos

IV. Finalidad del permiso. Acumulación de días de vacación

V. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio
    V.1. Consideraciones generales
    V.2. Procedimiento administrativo especial

VI. Aspectos procedimentales

VII. Justificación

VIII. Competencias Administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Inicio del permiso de lactancia por el padre

2. La denegación del permiso de lactancia por la concurrencia del permiso de

    maternidad.

3. Acumulación del permiso de lactancia o de ausencia en caso de hijos prematu-

    ros u hospitalizados tras el parto.

4. Incremento del tiempo de permiso de lactancia por la concurrencia de varios

    hijos.

5. Acumulación de la reducción horaria por permiso de lactancia con el de ausen-

    cia en caso de hijos prematuros u hospitalizados tras el parto.

6. Jornada afectada por la reducción de la misma por aplicación del permiso por

    lactancia.

7. Sustitución de la hora de lactancia de un hijo menor de nueve meses por un

    permiso retribuido de 14 días, consecuencia de la acumulación de las horas de

    lactancia a las que se tenga derecho.

8. Tipo de interpretación aplicable a los principios derivados para la conciliación

    de la vida laboral y familiar.

9. Reducción de jornada por lactancia y desempeño de actividad laboral por parte

    del cónyuge.

10. El permiso por lactancia o la reducción horaria como subsiguiente al permiso

     de maternidad: imposibilidad que un progenitor goce de un permiso y el otro

     de la reducción horaria.

11. La reducción horaria por lactancia finaliza hasta que el niño llegue a los 12

     meses.

12. Si el permiso por lactancia de una hora de duración, en casos de parto doble

      ha de adaptarse a esta circunstancia o procede considerar que esta circuns-

      tancia no altera el tratamiento.

13. Reducción de jornada aplicable a funcionario con dos hijos menores de nueve

     meses.

14. Condicionamiento del permiso por lactancia a la situación laboral del cónyuge.

15. Disfrute del permiso por lactancia transcurridos 12 meses desde el nacimiento

      del niño.

16. No procede compensar el retraso en la tramitación del permiso por lactancia

     más allá del tiempo previsto en el permiso.

17. Imposibilidad de conceder el permiso de lactancia cuando el cónyuge del fun-

     cionario disfrute de otro permiso similar.

18. Lactancia y vacaciones aún en año distinto

19. La cesión del permiso por lactancia al padre sólo procede cuando el régimen

     del sistema de Seguridad Social en el que se encuentre la madre lo reconozca

     explícitamente.

IX. Riesgo durante la lactancia natural
    IX.1. Antecedentes normativos
    IX.2. Concepto
    IX.3. Extensión del persmiso
    IX.4. Prestación económica
    IX.5. Gestión y pago del permiso
    IX.6. Procedimiento para su reconocimiento
    IX.7. Limitación en su reconocimiento
    IX.8. Extinción
 

 

CAPÍTULO VII
PERMISO Y REDUCCIÓN POR NACIMIENTO DE HIJOS PREMATUROS U HOSPITALIZADOS

I. Regulación

II. Incidencia de la Ley de Dependencia de 14 de diciembre de 2006

III. RE 504/2007, de 20 de abril de Asistencia Social

IV. Permiso y Reducción horaria

V. Procedimiento e incompatibilidades

VI. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio.

VII. Criterio Interpretativo

VIII. Competencias Administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Interrupción de las vacaciones cuando sobreviene nacimiento hijo prematuro.

2. Incompatibilidad de los permisos por maternidad a tiempo parcial con la re-

    ducción de jornada o permiso por nacimiento de hijo prematuro.

3. Acumulación del permiso de lactancia al de ausencia en caso de hijos prema-

    turos u hospitalizados tras el parto.
 

 

CAPÍTULO VIII
GUARDA LEGAL POR CUIDADO DE MENOR, DISCAPACITADO O FAMILIAR

I. Regulación normativa

II. Objeto del permiso

III. Reducción de la mitad de la jornada laboral

IV. Flexibilidad de la jornada laboral

V. Flexibilidad horaria

VI. Reducción de jornada

VII. Extensión analógica de la reducción de jornada a otros supuestos parecidos no encuadrados en la descripción legal.

VIII. Percepción de pensión por discapacitado

IX. Incidencia del permiso por maternidad

X. Procedimiento administrativo

XI. Eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio administrativo

    XI.1. Consideraciones generales

    XI.2. Procedimiento administrativo especial

XII. Aspectos procedimentales

XIII. Incompatibilidad de la reducción de jornada por guarda legal con otros permisos

XIV. Competencias Administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Capacidad del funcionario público para determinar el horario reducido

2. Devengo de la parte proporcional por vacaciones cuando se disfruta del permi-

    so de reducción de jornada por guarda legal.

3. Vacaciones reconocidas a funcionario público que disfruta del permiso de re-

    ducción de jornada por guarda legal.

4. Pausa de 20 minutos en el trabajo de funcionario público que disfruta de re-

    ducción de jornada por guarda legal.

5. Exclusión de la reducción de jornada por guarda legal por los períodos de va-

    caciones y bajas por enfermedad, así como que la misma pueda finalizar el

    último sábado del mes.

6. Contenido de la reducción de jornada por guarda legal concedida

7. Órgano competente para reconocer este permiso

8. Cuantía del subsidio de Incapacidad temporal cuando el funcionario disfruta

    de un permiso por guarda legal del articulo 30.1°. f) de la LMRFP de 1984.

9. Posibilidad de que el funcionario que disfruta del permiso de guarda legal

    alterne jornada normal y reducida.

10. La declaración de minusvalía y de gran invalidez como causa de la reducción

     por guarda legal.

11. Incompatibilidad de la reducción de jornada del artículo 30.1°.f) y g) de la

     LMRFP/1984, y la jornada reducida por interés particular recogida en el punto

     quinto de la Resolución de 27 de abril de 1995 -Resolución de la Secretaría

     General de Administración Pública de 20 de diciembre de 2005- de la Secreta-

     ría de Estado para Administración Pública.

12. No exigencia del reconocimiento del grado de minusvalía del disminuido físico

     o psíquico a efectos de declarar el permiso del artículo 30.1°.f) de la

     LMRFP/1984.

13. Reducción de jornada más beneficiosa para funcionario que tiene un anciano

     a su cargo: la reducción del artículo 30.12.g) de la LMRFP/1984 o reducción

     de jornada por interés particular prevista en el apartado 4° de la Resolución

     de 10 marzo 2003.

14. Tipo de relación del funcionario con anciano para que proceda la reducción de

     jornada por guarda legal.

15. Diferencias de la reducción por guarda legal en la función pública docente

16. Asistencia a cursos de formación por la tarde y reducción de jornada por la

     mañana.

17. Reducción de jornada por guarda legal de funcionario y reducción horaria pro-

     porcional en horarios especiales.

18. Procedencia o no de una jornada reducida por razón de guarda legal, en perí-

     odos de vacaciones y horario especial por fiestas patronales

19. Disfrute simultáneo de la flexibilización de jornada y de la jornada reducida

20. Posibilidad de que una funcionaria, acogida a una reducción de jornada por

     guarda legal, pueda realizar, respetando la disminución de hasta un medio

     concedida, una jornada de presencia física diaria de media hora.
 

 

CAPÍTULO IX
CUIDADO DE FAMILIAR DE PRIMER GRADO

I. Regulación normativa

II. Elementos de la reducción

III. Análisis de la reducción del art. 48.1.°c) LEBEP 7/2007

IV. Otras reducciones y excedencias con el mismo objeto

V. Eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio administrativo

    V.1. Consideraciones generales

    V.2. Procedimiento administrativo especial

VI. Aspectos procedimentales

VII. Competencias Administrativas
 

 

CAPÍTULO X
DEBER INEXCUSABLE DE CARÁCTER PÚBLICO O PERSONAL Y POR DEBERES RELACIONADOS CON LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL.

I. Regulación normativa

II. Concepto del permiso

III. Tipos de deberes

    III.1. Deberes de carácter inexcusable
    III.2. Procesos electorales

IV. Naturaleza jurídica

V. Eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio administrativo
    V.1. Consideraciones generales
    V.2. Procedimiento administrativo especial

VI. Aspectos procedimentales

VII. Competencias Administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Reglas de buena gestión en la concesión de este permiso en campañas

    electorales.

2. El deber inexcusable en el ejercicio de funciones políticas por funcionario en

    Concejalía de Ayuntamiento.

3. Improcedencia de reconocer el permiso del artículo 30.2 de la LMRFP a funcio-

    nario público para concurrir a reuniones y competiciones celebradas en España

    y en el extranjero en su condición de miembro directivo de una Federación

    Deportiva.

4. El permiso por deber inexcusable y su aplicación a la Sociedad Estatal Correos

    y Telégrafos.

5. Imposibilidad de considerar como deber inexcusable de carácter personal

    acompañar a un hijo al odontólogo.

6. Concesión del permiso a funcionario que ha sido nombrado vocal en un Tribu-

    nal de evaluación de tesis doctoral.

7. Concesión del permiso del art. 30.2° LMRFP/1984 a funcionario para desplazar-

    se en cumplimiento de régimen de vistas.

8. Se rechaza como deber inexcusable la obligación de prestar 60 horas anuales

    de prestación de servicios en la Agrupación de Protección Civil.

9. Asistencia a claustro de Universidad como deber inexcusable en calidad de De-

    legado de Alumnos de Facultad.

10. Improcedencia de considerar como deber inexcusable la asistencia al funeral

     de un familiar de tercer grado de consanguinidad o superior.

11. Concesión del permiso a funcionario nombrado tutor de una persona de 72

     años incapacitada.

12. Denegación del permiso como deber inexcusable la participación en funciones

      públicas de carácter administrativo o privadas, v.gr. Colegios profesionales.

13. Imposibilidad de apreciar como permiso del artículo 30.2° de la LMRFP/1984,

     el desplazamiento a otro país por el tiempo que dure el proceso administrati-

     vo y judicial de adopción de un niño.

14. La indeterminación administrativa en la concesión del permiso ante citación

     judicial derivada de actividad privada.

15. La concesión del art. 30.2° LMRFP/1984 -vigente art. 48.1°.j) LEBEP 7/2007-,

     no conlleva el devengo de indemnizaciones por razón de servicio.

16. Procede el reconocimiento del complemento retributivo en los supuestos de

     cumplimiento de un deber en los términos del art. 48.1°.j) LEBEP 7/2007.

17. Procedencia de conceder el permiso del art. 48.1°.j) LEBEP 7/2007, ante reu-

     nión convocada por una Confederación Hidrográfica.

18. Denegación del permiso del art. 48.1°.j) LEBEP 7/2007, para asistir a las reu-

     niones de un Consejo escolar.

19. Improcedencia de asimilar al permiso por deber inexcusable la prestación de

     servicios como voluntario de protección civil en un Ayuntamiento.

20. Criterios para la consideración del permiso por deber inexcusable relacionado

     con la conciliación de la vida familiar y laboral: Acompañar a ascendientes o

     descendientes del personal, por enfermedad u otra causa similar, al médico.

21. Se podrá limitar la concesión del permiso en aquellos casos en los que pue-

     dan existir otras fórmulas para el cumplimiento de dicho deber inexcusable

     en otra localidad o provincia.

22. Operación quirúrgica de discapacitado sobre el que el empleado público os-

     tenta la condición de tutor.

23. Posibilidad de conceder permiso por deber inexcusable para asistir a reunio-

     nes del Consejo de Centros Valencianos en el Exterior.
 

 

CAPÍTULO XI
PERMISO PARA ASUNTOS PARTICULARES

I. Regulación normativa

II. Extensión del permiso

III. Incompatibilidades del permiso del art. 48.1°.k) LEBEP 7/2007

IV. Distribución de los días por asuntos propios

V. Concesión del permiso por asuntos propios en atención al tiempo de servicio

VI. Solicitud y su concesión del permiso

VII. Eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio administrativo
    VII.1. Consideraciones generales

    VII.2. Procedimiento administrativo especial

VIII. Aspectos procedimentales

IX. Competencias Administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Intercalar en el disfrute de licencia sin sueldo por asuntos propios, días de per-

    misos por asuntos particulares.

2. Autorización de 1 día de permiso por asuntos particulares si entre períodos va-

    cacional y dicho día, media uno o dos días festivos.

3. Indemnización compensatoria por el no disfrute del permiso por asuntos

    particulares.

4. Concesión de días por asuntos propios para asistir al funeral de un familiar de

    tercer grado o superior.

5. Concesión del permiso por asuntos propios para acompañar a familiar a visita

    médica. Necesidad de su justificación.

6. El cómputo de los días por asuntos propios debe consistir en no extender los

    efectos del permiso más allá de los días estrictamente solicitados, considerán-

    dose los sábados y domingos como una ampliación en los supuestos en que

    se empleen sucesivamente abarcando una semana.
 

 

TÍTULO III
PERMISOS POR MOTIVOS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL Y POR RAZÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
 

CAPÍTULO I
PERMISO POR PARTO

I. Regulación normativa
II. Permiso por parto: nacimiento, feto viable, muerte del recién nacido, muerte en el intervalo de las 24 h. posteriores al parto, parto por cesárea, parto prematuro, neonato hospitalizado.
    II.1. Nacimiento de hijo
    II.2. Feto viable
    II.3. Muerte de neonato y muerte antes de las 24 h. posteriores al parto.
    II.4. Parto por cesárea: la problemática de incardinar el permiso o como per-

           miso por parto y paternidad o como enfermedad de familiar.
    II.5. Parto prematuro y hospitalización

III. Contenido del permiso

    III.1. Uso y distribución del permiso
    III.2. Derechos reconocidos

IV. Compatibilidad del permiso por parto
    IV.1. Compatibilidad con cursos de formación
    IV.2. Compatibilidad con vacaciones
    IV.3. Otras compatibilidades

V. Disfrute a tiempo parcial del permiso por parto

VI. Procedimiento del permiso por maternidad o parto

VII. Eficacia del silencio administrativo en la solicitud del permiso

    VII.1. Consideraciones generales

    VII.2. Procedimiento administrativo especial

VIII. Procedimiento

IX. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. La improcedencia de compensar los días no concedidos como permiso de

    maternidad.

2. Acumulación de las vacaciones al permiso de maternidad

3. Incompatibilidad del permiso de maternidad cuando la madre no trabaja o tra-

    baja en el sector privado.

4. Imposibilidad de reconocer como permiso las 6 semanas posteriores al parto

    a funcionario público cuando la mujer fuera trabajadora por cuenta propia.

5. Reconocimiento del disfrute del permiso de maternidad a funcionario interino

    cuyo cónyuge es abogado en ejercicio.

6. Reconocimiento del permiso por maternidad a funcionaria interina que dio a

    luz cuando no había adquirido la condición de funcionaria.

7. Permiso de maternidad de una Becaria-Lectorado MAEC-AECI.

8. Incompatibilidad del disfrute simultáneo del permiso de maternidad y del per-

    miso por lactancia. Disfrute del permiso de lactancia por ambos progenitores.

9. Incrementos retributivos por causa de permisos y licencias en Ayuntamiento.

10. Disconformidad a Derecho del acuerdo municipal por el que se aprueba el

     acuerdo económico bianual del personal funcionarial en lo relativo a la licencia

     por alumbramiento y adopción.
 

 

CAPÍTULO II
PERMISO POR ADOPCIÓN Y ACOGIMIENTO (USO COMPARTIDO POR LOS PROGENITORES)

I. Regulación normativa

II. Concepto de acogimiento

III. Concepto de adopción

IV. Contenido del permiso

    IV.1. Uso y distribución del permiso

    IV.2. Derechos reconocidos

V. Compatibilidad y preferencias en el permiso por adopción y acogimiento
    V.1. Compatibilidad con cursos de formación
    V.2. Compatibilidad con vacaciones
    V.3. Otras compatibilidades

VI. Disfrute del permiso por adopción y acogimiento

VII. Procedimiento ante el Instituto Nacional de Seguridad Social

VIII. Eficacia del silencio administrativo

    VIII.1. Consideraciones generales

    VIII.2. Procedimiento administrativo especial

IX. Procedimiento del permiso

X. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Comienzo del permiso de maternidad de funcionaria cuando se ha dictado la

    resolución de acogimiento preadoptivo de un menor, mayor de 6 años, pero

    todavía no se ha acreditado por los servicios competentes la dificultad de in-

    serción social y familiar por provenir del extranjero.

2. Distribución del tiempo del permiso en el supuesto de adopción.

3. Procedencia del permiso en los casos de adopción o acogimiento de menores

    de seis años en los que el cónyuge del funcionario/a no trabaje.

4. Consideración jurídica de la acogida temporal de niño saharaui durante los

    meses de verano.

5. Aplicación analógica del permiso por nacimiento o adopción a los supuestos

    de constitución de tutela.

6. Conflicto de disposiciones que regulan el permiso por maternidad: aplicación

    del principio de jerarquía y no el principio de especialidad: Sociedad Estatal

    Correos y Telégrafos.
 

 

CAPÍTULO III
PERMISO POR PATERNIDAD, ACOGIMIENTO Y ADOPCIÓN (USO INDIVIDUAL POR CADA PROGENITOR)

I. Regulación normativa

II. Contenido del permiso
    II.1. Uso y distribución del permiso
    II.2. Derechos reconocidos

III. Compatibilidad del permiso por paternidad

    III.1. Compatibilidad con los cursos de formación
    III.2. Compatibilidad con vacaciones

IV. Interacciones del permiso por paternidad

V. Paternidad e incapacidad temporal

VI. Denegación del permiso

VII. Gestión y reconocimiento de la prestación por parternidad

VIII. Eficacia del silencio administrativo

IX. Competencias administrativas
 

 

CAPÍTULO IV
PERMISO POR RAZÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO

I. Regulación normativa

II. Disfrute del permiso

III. Eficacia del silencio administrativo

IV. Competencias administrativas
 

 

TÍTULO IV
OTROS PERMISOS Y LICENCIAS
 

CAPÍTULO I
PERMISO POSESORIO

I. Regulación normativa

II. Extensión temporal del permiso

III. El sábado como día hábil para el disfrute de los días de permiso

IV. Calendario laboral

V. Día de comienzo del permiso posesorio

VI. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio
    VI.1. Consideraciones generales

    VI.2. Procedimiento administrativo especial

VII. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Cómputo del permiso posesorio

2. El permiso posesorio como servicio activo

3. Permiso posesorio aplicable a un funcionario que, cesado por supresión de su

    puesto de trabajo es adscrito provisionalmente a otro puesto de diferente ór-

    gano administrativo de la misma localidad.

4. Permiso posesorio de funcionario local con habilitación nacional en expectativa

    de nombramiento al que se ha adjudicado un puesto por concurso.

5. Situación en que se encuentra el funcionario en prácticas que solicita recono-

    cimiento de compatibilidad de actividad encontrándose en plazo posesorio sin

    ser resuelta la petición a efectos de determinar si le corresponden o no los de-

    rechos reconocidos por la normativa sobre retribuciones.

6. Retribuciones que tiene derecho el funcionario público a percibir durante el per-

    miso posesorio.

7. Posibilidad de abonar el complemento de destino a un funcionario durante el

    permiso posesorio.

8. Administración competente para el pago de las retribuciones en el período que

    media entre el cese y la toma de posesión en un nuevo puesto.

9. Permiso posesorio aplicable a funcionario que cesado por supresión de su pu-

    esto de trabajo es adscrito provisionalmente a otro puesto de diferente órgano

10. Permiso posesorio de funcionario local con habilitación nacional en expectati-

     va de nombramiento al que se ha adjudicado un puesto por concurso.

11. Dependencia administrativa responsable del abono de la retribución básica y

     complementaria junto a las pagas extras del funcionario público de la Admi-

     nistración Local trasladado en virtud de concurso de méritos.

12. Modo de computar los efectos económicos y administrativos del Permiso po-

     sesorio cuando por concurso de méritos se accede desde un puesto de trabajo

     a otro.

13. Procedencia de computar a efectos de vacaciones el tiempo que media entre

     el nombramiento como funcionarios en prácticas hasta el momento de la to-

     ma de posesión como funcionarios de carrera.

14. Concesión del plazo posesorio a empleado público que accede mediante pro-

     moción interna a nuevo Cuerpo y destino.

15. Toma de posesión como funcionaria de carrera durante el período de disfrute

     del permiso de maternidad.

16. Disfrute del plazo posesorio desde la situación de excedencia por cuidado de

     hijo.

17. Administración competente para el pago de haberes durante el período pose-

     sorio cuando se produce cambio de Administración.

18. Organismo encargado de llevar a cabo el pago de las retribuciones durante el

     período correspondiente al plazo posesorio en el supuesto de un funcionario

     destinado en un Organismo Autónomo adscrito a un Ministerio que va a tomar

     posesión en un puesto de trabajo de una Comunidad Autónoma.

19. Condiciones para la concesión de permiso retribuido cuando se cambia de

     Cuerpo o Escala y no se cambia de puesto de trabajo.

20. Plazo posesorio en el caso de un funcionario que ha sido sancionado con un

     traslado con cambio de residencia.
 

 

CAPÍTULO II
JORNADA REDUCIDA POR INTERÉS PARTICULAR

I. Regulación normativa

II. Requisitos para la concesión del interés particular

III. Incompatibilidades

IV. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio

V. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Aplicación al ámbito de la Administración Local de las reducciones horarias pre-

    vistas para la Administración General del Estado.

2. Modo de practicar la reducción de retribuciones en la reducción de jornada.

3. Órgano competente para reconocer la reducción de jornada por interés

    particular.

4. Incompatibilidad de la reducción por interés particular y las reducciones previs-

    tas en el art. 30 LMRFP/1984.

5. Pase desde la reducción por interés particular a jornada normal en días de fies-

    tas con horario especial.

6. La reducción de jornada por interés particular está subordinada por las necesi-

    dades del servicio.

7. Posibilidad de que el funcionario que disfruta del permiso de guarda legal al-

    terne jornada normal y reducida.
 

 

CAPÍTULO III
LICENCIAS POR ASUNTOS PROPIOS

I. Regulación normativa

II. Extensión temporal

III. Cómputo civil o administrativo de los días concedidos

IV. Órgano competente para reconocer el permiso

V. Situación administrativa del funcionario público mientras disfruta la ucencia por asuntos particulares

VI. Licencia por asuntos propios en el ámbito universitario: personal funcionario no docente

VII. Aspectos procedimentales

VIII. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Cómputo del tiempo de disfrute de una licencia por asuntos propios a efectos

    de trienios.

2. Inicio del plazo de cómputo de los dos años una vez disfrutada otra licencia

    por asuntos particulares.

3. Licencia por asuntos propios a cuenta de años sucesivos

4. Concesión de la licencia por tiempo inferior a meses completos

5. Exclusión de los días inhábiles en el cómputo de la licencia por asuntos propios

6. Posibilidad de reconocer como tiempo de servicio activo a efectos de trienios el

    tiempo de disfrute de una licencia por asuntos propios en 1968 sobre la consi-

    deración que la Ley 31/1965, de 4 de mayo, sobre Retribuciones, disponía a

    efectos el cómputo de los servicios efectivamente prestados.

7. Interrupción de licencia por asuntos propios cuando sobrevenga una

    enfermedad.

8. Uso de licencia sin sueldo por asuntos propios intercalando entre la misma

    días por asuntos particulares.

9. Período de tiempo reconocido a funcionaria por licencia por asuntos propios

    cuando procede de la situación administrativa de excedencia de hijo.

10. Criterio de este Centro Directivo sobre el cómputo de la licencia por asuntos

      propios, con ocasión de diversos fallos jurisprudenciales.

11. Licencia o permiso que procede para la preparación de pruebas selectivas pa-

     ra ingreso por promoción interna en Cuerpos o Escalas de la AGE.

12. Cómputo de la licencia por asuntos propios a efectos de vacaciones.

13. Situación en que se encuentra un funcionario durante el disfrute de una licen-

     cia por asuntos propios y obligación de solicitar autorización de compatibilidad

     con actividad privada.

14. Cómputo a efectos del disfrute de las correspondientes vacaciones anuales

     de empleados públicos que han disfrutado de licencias por estudios.
 

 

CAPÍTULO IV
AUSENCIA POR ENFERMEDAD

I. Regulación normativa

II. Regulación de la Incapacidad Temporal

III. Aplicación a las Comunidades Autónomas y Administración Local

IV. La tipología de las ausencias por enfermedad
    IV.1. Enfermedad de duración no superior a tres días
    IV.2. Enfermedad de más de tres días y no superior a tres meses
    IV.3. Enfermedad de más de tres meses de duración

V. Partes de baja: periodicidad en la presentación

VI. Concesión de nuevas licencias

VII. Medidas paliativas de los eventuales abusos cometidos por el funcionario público en el uso de las ausencias de menos de 3 días.

VIII. Aspectos procedimentales de las bajas por enfermedad
    VIII.1. Enfermedad de duración no superior a tres días
    VIII.2. Enfermedad de más de tres días y no superior a tres meses
    VIII.3. Enfermedad de más de tres meses

IX. Procedimiento del permiso

X. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Reducción de la jornada al cincuenta por ciento a causa de la situación de en-

    fermedad en que se encuentra.

2. Proceso patológico distinto al causante de la Incapacidad Temporal como ge-

    nerador de otro diferente.

3. Situación administrativa del funcionario que disfruta de una licencia por

    enfermedad.

4. Competencia para la concesión de licencia por enfermedad y momento a par-

    tir del cual existe el derecho a percibir el subsidio complementario que conce-

    de MUFACE.

5. Lugar donde debe efectuarse la recuperación de un funcionario en los supues-

    tos de licencia por enfermedad.

6. Tipo de permiso que procede para que el empleado público acuda a consulta

    médica durante la jornada laboral, si debe justificarse documentalmente la

    ausencia del puesto de trabajo.

7. Suspensión de funciones cuando el funcionario expedientado se encuentra

    acogido a una licencia por enfermedad.

8. Posibilidad que la enfermedad sobrevenida interrumpa o no las vacaciones.

9. Medidas contra el abuso en el ejercicio de la licencia por enfermedad

10. Procedimiento para tramitar la jubilación por incapacidad

11. Aspectos procedimentales de 14 licencia por enfermedad: concesión y

     prórroga.

12. Reconocimiento de licencia por enfermedad en los supuestos en que no se

     tenga derecho a percibir el subsidio de Incapacidad Temporal: funcionario

     encuadrado en el Régimen General de la Seguridad Social o en el Régimen

     Especial de los Funcionarios Civiles del Estado.

13. Reconocimiento de licencia por enfermedad en los supuestos en que no se

     tenga derecho a percibir el subsidio de Incapacidad Temporal para el perso-

     nal laboral: aplicación del art. 69 LF/1964.

14. Cómputo de la Incapacidad Temporal como tiempo de servicio activo para

     determinar los días por vacaciones.

15. Complemento de «zona conflictiva» en los supuestos de disfrute de permisos.

16. Procedencia de formalizar el cese a quien ocupa un puesto de trabajo obteni-

     do por el procedimiento de libre designación mientras se encuentra en situa-

     ción de baja por enfermedad.
 

 

CAPÍTULO V
LICENCIA POR MATRIMONIO

I. Regulación normativa

II. Contenido de la licencia: uniones de hecho y convivencia more uxorio

III. Cómputo de los días: el sábado como día hábil

IV. Modalidades del disfrute de los 15 días de permiso por matrimonio

V. Eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio administrativo
    V.1. Consideraciones generales
    V.2. Procedimiento administrativo especial

VI. Aspectos procedimentales

VII. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Concesión del permiso de 15 días por licencia de matrimonio a las uniones de

    hecho inscritas en el Registro Civil de Comunidad Autónoma.

2. Modos de disfrutar los 15 días de licencia por matrimonio

3. La licencia por matrimonio reduce los complementos salariales derivados de

    turnos rotatorios.

4. Concesión de la licencia por matrimonio del art. 71 LF/1964 aún en día que no

    comprende la celebración del mismo.

5. Cantidad a abonar al empleado público en caso de licencia no concedida y pos-

    teriormente otorgada por los tribunales.

6. Reducción del complemento de productividad por disfrute de licencia por

    matrimonio.

7. Denegación de la licencia por matrimonio de funcionario separado y no

    divorciado.

8. Licencia por matrimonio y complemento de productividad

9. Concesión de la hcencia por matrimonio prevista en el articulo 71 de la Ley de

    Funcionarios Civiles del Estado de 1964, con motivo de la inscripción de una

    unión de hecho en un Registro de Uniones de Hecho así como la posibilidad

    de extender al personal funcionario de la Administración General del Estado el

    permiso de 15 días contemplado en Convenio por inscripción de una unión de

    hecho en el Registro Regional o Municipal de Uniones de Hecho.
 

 

CAPÍTULO VI
LICENCIAS POR ESTUDIOS SOBRE MATERIAS DIRECTAMENTE RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN PÚBLICA, ART. 72, § 1
° LF/1964.

I. Regulación normativa

II. Formación en organización pública: motivación y lealtad

III. Extensión analógica a Leyes de Función Pública de las CC.AA.

IV. Ámbito del art. 72 § 1° LF/1964

V. Solicitud de permiso y eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio
    V.1. Consideraciones generales
    V.2. Procedimiento administrativo especial

VI. Duración de la licencia

VII. Calendario laboral

VIII. Aspectos procedimentales

IX. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRATIVA

1. Alcance que debe darse a la concesión de permisos para asistir a cursos de

    perfeccionamiento, al amparo de la previsión contenida en el Capítulo 3,

    apartado 4, letra b) del Acuerdo alcanzado entre Administración y Sindicatos

    el 16 de noviembre de 1991.

2. Posible revocación de la licencia a causa de larga duración de los estudios;

    situación del funcionario público que disfnita la licencia y posibilidad de man-

    tener la licencia sin retribución alguna.

3. Cauce procedimental para revocar una licencia por estudios del artículo 72 de

    la LF/1964 concedida.

4. Prórroga de licencia para estudios concedida a funcionario público en prácticas

    que procede de servicio activo cuando acabadas éstas se dernora el nombra-

    miento de funcionario de carrera.

5. Posibilidad de declarar licencia por estudios a funcionario público que prepara

    ejercicio de las pruebas para acceso a otro Cuerpo de la Administración.

6. Carácter de la autorización para asistir a cursos de perfeccionamiento, al am-

    paro de lo previsto en el Capítulo 3, apartado 4, letra b) del Acuerdo alcanzado

    entre Administración y Sindicatos el 16 de noviembre de 1991.

7. Concesión de vacación anual retribuida a un funcionario que se reincorpora a

    su trabajo después del disfrute de licencia por estudios del artículo 72 de la

    LF/1964.

8. Revocación de licencia por estudios cuando ha transcurrido el primero de los

    tres años para los que se concedió, al amparo del artículo 72 de la Ley Articu-

    lada de Funcionarios Civiles del Estado, cuando concurran circunstancias sobre-

    venidas que afectan al desenvolvimiento normal del servicio.

9. La concesión de la licencia no debe estar condicionada a los enunciados de los

    cursos.

10. Procede la concesión de la licencia del art. 72 § 1° LF/1964 a profesora para

     realizar curso de perfeccionamiento de idiomas.

11. Cuál es la licencia o permiso que procede para la preparación de pruebas se-

     lectivas para ingreso por promoción interna en Cuerpos o Escalas de la AGE.

12. Reconocimiento de servicios prestados por Profesor Titular de universidad,

     durante los períodos en que disfrutó de licencias por docencia e investigación

     y por asuntos propios, percibiendo durante los mismos una beca del Subpro-

     grama de Formación de Postgrado.

13. Posibilidad de interrumpir las vacaciones para asistir a cursos de formación

     cuya asistencia al mismo se le notifica al funcionario una vez iniciadas

     aquéllas.

14. Reconocimiento de servicios prestados por Profesor Titular de universidad,

     durante los períodos en que disfrutó de licencias por docencia e investigación

     y por asuntos propios, percibiendo durante los mismos una beca del Subpro-

     grama de Formación de Postgrado.

15. Situación en que correspondería quedar o, en su caso, el tipo de licencia o

     permiso a conceder, en el caso del personal eventual que realice el curso de

     formación para el acceso a la condición de reservista voluntario.

16. Posibilidad de asistir a un curso de formación mientras se disfruta del permi-

     so de maternidad.
 

 

CAPÍTULO VII
ASISTENCIA A CURSOS DE SELECCIÓN, FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

I. Regulación normativa

II. Sistematización de permisos y licencias para formación en la legislación de función pública

III. Cursos organizados por promotores previstos en el IV Acuerdo de formación continua vigente en las Administraciones Públicas 2005-2009.

IV. Gestión de los permisos

V. Especial referencia a los permisos de formación sindicales

VI. Eficacia estimatoria o desestimatoria del silencio administrativo

    VI.1. Consideraciones generales

    VI.2. Procedimiento administrativo especial

VII. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRTIVA

1. Compensación horaria cuando un funcionario público realice cursos de

    formación.

2. Indemnización por razón de servicio a empleados que asistan a cursos del

    INAP.

3. Alcance que debe darse a la concesión de permisos para asistir a cursos de

    perfeccionamiento durante 40 horas al año.

4. Consideración como jornada de los cursos impartidos desde las 16 h. a las

    19 h. y compensación con el horario de mañana.

5. Procedencia de asistir a cursos de formación de funcionarios que se encuentran

    en baja médica.

6. Compensación horaria cuando el funcionario realice cursos de formación.

7. Obligación del funcionario de asistir a los cursos de formación que la Adminis-

    tración considere necesarios para el desempeño de su puesto de trabajo.

 

CAPÍTULO VIII
ANÁLISIS DE LA LICENCIA PARA CURSOS DE SELECCIÓN Y PRÁCTICAS, EX ART. 72, § 2° LF/1964

I. Regulación Normativa

II. Contenido de la licencia del art. 72 § 2° LF/1964

III. Competencias administrativas

DOCTRINA ADMINISTRTIVA

1. Prórroga para la incorporación al curso selectivo de acceso a un Cuerpo al obje-

    to de finalizar un proyecto de investigación.

2. Suspensión del período de prácticas por causa de fuerza mayor.

3. Enumeración de los supuestos de fuerza mayor justificativas del aplazamiento

    del período de prácticas prevista en la convocatoria de un proceso selectivo.

4. Derecho a percibir dietas por asistencia, como alumno, a un curso selectivo de

    acceso a un Cuerpo o Escala.

5. Situación administrativa de los funcionarios en prácticas respecto a su Cuerpo

    de origen.

6. Cómputo del período de prácticas como tiempo de servicio prestado a efectos

    del abono de la paga extraordinaria.

7. Tipo de licencia o situación administrativa en que debe quedar un funcionario

    que toma posesión en un Cuerpo General para seguir realizando el período de

    prácticas.

8. Situacion en que corresponderla quedar o, en su caso, el tipo de licencia o per-

    miso a conceder, en el caso del personal eventual que realice el curso de for-

    mación para el acceso a la condición de reservista voluntario.
 

 

BIBLIOGRAFÍA
 

ANEXO DE ACUERDOS Y DICTÁMENES DE LA COMISIÓN SUPERIOR DE PERSONAL 1980-2007
 

ANEXO DE DICTÁMENES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
 

ANEXO DE LEGISLACIÓN NACIONAL
 

ANEXO DE LEGISLACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA
 

ÍNDICE ANALÍTICO

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