DERECHO A LA CLÁUSULA DE CONCIENCIA DE LOS PROFESIONALES DE LA INFORMACIÓN, EL.
- Sinopsis
- Índice
CAPÍTULO PRIMERO
EL DERECHO A LA CLÁUSULA DE CONCIENCIA. ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y DE DERECHO COMPARADO. REFERENCIAS INTERNACIONALES.
I. Los orígenes más remotos
II. El paradigma francés
1. Motivaciones desencadenantes de la regulación legal del
derecho a la cláu-
sula de conciencia.
2. El contenido de la cláusula de conciencia
3. Los sujetos titulares de la cláusula de conciencia
4. El problema del reconocimiento a los empresarios de la
cláusula de
conciencia.
5. Consideraciones finales. La cláusula de conciencia como
elemento nivelador
de las relaciones de poder en el seno de las empresas informativas.
III. El caso italiano
1. El contenido del derecho a la cláusula de conciencia
2. Los sujetos titulares del derecho a la cláusula de
conciencia
IV. Otras experiencias europeas: la cláusula
de conciencia en Portugal y Austria
1. Portugal
2. Austria
V. La configuración jurídica del derecho a la cláusula de conciencia en el Derecho
Comparado.
VI. El reconocimiento de la cláusula de conciencia por los organismos
internacionales.
CAPÍTULO SEGUNDO
LA REGULACIÓN DE LA CLÁUSULA DE CONCIENCIA EN EL DERECHO ESPAÑOL
I. Introducción
II. La cláusula de conciencia en la
Constitución Española de 1978
1. Antecedentes
1.1. Posibles precedentes
legislativos históricos
1.2. Las peticiones de los
periodistas
1.3. El proceso constituyente
2. El derecho constitucional a la cláusula de conciencia
2.1. El significado de la expresión
“derecho a la cláusula de conciencia”
2.2. El reconocimiento del derecho en el art. 20.1.d) CE. La cláusula de con-
ciencia como derecho fundamental y como garantía institucional.
2.3. El contenido esencial del
derecho
2.4. Cláusula de conciencia y
objeción de conciencia
2.5. Fundamento jurídico del derecho
a la extinción contractual derivado de
la cláusula de conciencia.
III. La cláusula de conciencia en la LO
2/1997
1. Los trabajos parlamentarios
1.1. Las Proposiciones del CDS
1.2. Las Proposiciones del Grupo IU—IC
de la década de los ochenta
1.3. Las Proposiciones del Grupo IU—IC
de la década de los noventa
2. Configuración del derecho en la LO 2/1997
IV. La cláusula de conciencia en la negociación colectiva y en los Estatutos de Re-
dacción y Códigos
Deontológicos.
CAPÍTULO TERCERO
ÁMBITO SUBJETIVO DEL DERECHO A LA CLÁUSULA DE CONCIENCIA: EL PROFESIONAL DE LA INFORMACIÓN Y EL EMPRESARIO TITULAR DEL MEDIO INFORMATiVO.
I. El sujeto activo del derecho a la cláusula de conciencia. El profesional de la
información.
1. Consideraciones preliminares
2. Concepto de profesional de la información
2.1. Los (discutidos) requisitos
legales para acceder a la condición de “pro-
fesional” en el ámbito informativo.
A. La
titulación
B. La
colegiación y la inscripción
C. El carnet
profesional
2.2. El significado usual del término
“profesional”
2.3. La información periodística y la
actividad de informar
2.4. Conclusión
3. Los profesionales de la información titulares de la
cláusula de conciencia
según la LO 2/1997.
3.1. Los titulares del derecho de
extinción contractual
A. La
vinculación laboral con la empresa. Trabajo autónomo y trabajo
asalariado en los medios de comunicación social.
B. La
relevancia de la materia sobre la que se informa y la exclusión de
los colaboradores de opinión.
3.2. El derecho de oposición y sus
titulares
4. Los profesionales de la información titulares de la
cláusula de conciencia se-
gún el art. 20.1.d), in fine, CE.
II. El sujeto pasivo del derecho a la cláusula de conciencia. La empresa
informativa.
1. Introducción
2. Concepto de empresa informativa
3. La empresa informativa como empresa de tendencia. Los
principios
editoriales.
4. Medios informativos de titularidad o gestión pública y
medios informativos
dependientes de organizaciones ideológicas fuertemente caracterizadas: el
ejercicio en ellos del derecho a la cláusula de conciencia.
III. La adaptación del profesional de la información a la definición editorial de la
empresa:
consecuencias.
1. Consideraciones preliminares
2. El concreto alcance de la modulación de derechos del
profesional
IV. La cláusula de conciencia “a la inversa”
CAPÍTULO CUARTO
CONTENIDO Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS DERIVADOS DE LA CLÁUSULA DE CONCIENCIA
I. Introducción
II. El derecho de “rescisión” contractual
1. Las causas previstas en la LO 2/1997
1.1 .«El cambio sustancial de
orientación informativa o línea ideológica en
el medio de comunicación»
1.2. «Traslado a otro medio del mismo
grupo que, por su género o línea,
suponga una ruptura patente con la orientación profesional del
informador»
2. ¿Rescisión, resolución, dimisión?
3. El procedimiento extintivo: ¿resolución judicial o
extrajudicial?
3.1. El favor por la aplicación
“condicionada” del art. 50 ET
3.2. La importancia de la STC
225/2002, de 9 de diciembre: el procedimien-
to extrajudicial como posibilidad alternativa a la resolución judicial.
3.3. Resolución judicial y
permanencia del profesional en su puesto de
trabajo.
4. El plazo para el ejercicio de la facultad resolutoria
5. Resolución por la vía de los arts. 40.1 o 41.3 ET y del
art. 2.1.b) LO
2/1997: el cómputo de los plazos.
6. La vía procesal adecuada
7. La prueba de los hechos
8. La coincidencia de la voluntad extintiva del periodista
con la voluntad extin-
tiva del empresario.
9. Las consecuencias de la extinción contractual
9.1. La indemnización
A. El pacto
sobre su cuantificación
B. La
posibilidad de adicionar a la cuantía indemnizatoria otras
cantidades.
9.2. La protección por desempleo
III. El derecho a negarse a participar en la elaboración de informaciones contra-
rias a los
principios éticos de la comunicación.
1. Los principios éticos de la comunicación
2. La participación en la elaboración de informaciones y la
necesidad de moti-
var la negativa.
3. La inmunidad del profesional que niega su participación
4. La posibilidad de no firmar informaciones manipuladas como
su puesto in-
tegrante del art. 3 LO 2/1997.
ANEXOS
Ley Orgánica 2/1997, de 19 de junio, Reguladora de la Cláusula de Conciencia de los Profesionales de la Información.
STC 225/2002, de 9 de diciembre
BIBLIOGRAFÍA CITADA
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