SUSTITUCIÓN FIDEICOMISARIA SOBRE LA LEGÍTIMA ESTRICTA EN PRESENCIA DE DISCAPACITADOS, LA.
- Sinopsis
- Índice
“Hoy constituye una realidad la supervivencia de muchos discapacitados a sus progenitores”, dice la Exposición de Motivos de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código civil y de la Ley de Enjuiciamiento civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad. Una ley que se aprobó durante el Año Europeo del Discapacitado y que trajo consigo importantes novedades a lo largo de nuestro Código civil en temas muy diversos (autotutela, contrato de alimentos, apoderamientos preventivos...), pero muy señaladamente en el terreno del Derecho de sucesiones, donde quedaron afectadas las normas sobre indignidad sucesoria, legados, delegación de la facultad de mejorar...
Esta monografia estudia
la que probablemente presente más complejidad de todas las reformas introducidas:
la modificación de los artículos 782, 808 y 813, y que permite la posibilidad de
gravar el tercio de legítima estricta con una sustitución fideicomisaria en la
que sean fiduciarios los hijos o descendientes judicialmente incapacitados y
fideicomisarios los coherederos forzosos. Importante novedad enmarcada en la
tendencia actual, tan visible y necesaria, como es la de que el legislador se
preocupe de dar adecuado desarrollo al artículo 49 de la Constitución y con ello
proteger adecuadamente a las personas más vulnerables de la sociedad.
I. SUSTITUCIÓN FIDEICOMISARIA SOBRE EL TERCIO DE LEGÍTIMA ESTRICTA
A. GENERALIDADES
B. PECULIARIDADES DE LA SUSTITUCIÓN FIDEICOMISARIA
DE LOS ARTÍCULOS 782, 808, PÁRRAFO 3 Y 813 C.C.
B.1. Diversas cuestiones referidas al contenido, forma y
relación de esta susti-
tución fideicomisaria con otras figuras.
B.2. Sujetos
B.2.a. El fideicomitente
B.2.b. El fiduciario
B.2.c. El fideicomisario
B.3. Objeto
C. CONTENIDO DE LA POSICIÓN JURÍDICA DE FIDUCIARIO
C.1. Generalidades
C.2. Derechos
C.3. Obligaciones
D. CONTENIDO DE LA POSICIÓN JURÍDICA DE
FIDEICOMISARIO
II. VERDADERO SIGNIFICADO DE LA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 782, 808, P. 3 Y 813, P. 2 DEL CÓDIGO CIVIL. ALCANCE Y CRÍTICA.
A. PLANTEAMIENTO
B. NATURALEZA DEL TERCIO PRIMERO EN PRESENCIA DE HIJOS O DESCENDIENTES INCAPACITADOS.
C. JUICIO QUE NOS MERECE LA REFORMA DE LOS
ARTÍCULOS 782, 808, PÁRRAFO 3 Y 813, PÁRRAFO 2 DEL CÓDIGO CIVIL.
ABREVIATURAS
BIBLIOGRAFÍA
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