INSTRUCCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. El equilibrio entre la persecución del delito y las garantías del proceso.
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Desde la aprobación de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, no han cesado las discusiones doctrinales en torno a algunas cuestiones jurídicas de considerable calado. La escasa uniformidad jurisprudencial no ha contribuido a pacificar todas las controversias surgidas, clamándose desde el sector más crítico por nuevas reformas legales, que vuelven a reivindicarse con el reciente Pacto de Estado en materia de Violencia de Género.
Las mayores disputas doctrinales sobre la violencia machista se han producido en el ámbito penal, particularmente en el período de instrucción de dichos delitos, donde se desvelan las principales deficiencias del sistema, especialmente en lo que atañe a la protección de las víctimas directas.
Así pues, esta trabajo es el resultado de un amplio estudio sobre los asuntos más relevantes que surgen en la práctica judicial: cuestiones competenciales, el elemento subjetivo, la dispensa a declarar, medidas cautelares y sentencias de conformidad, entre otras; todo ello realizado a través de la investigación, revisión y reflexión jurisprudencial.
La principal conclusión a la que conduce este recorrido es que el equilibrio entre la eficacia en la lucha contra el maltrato y el respeto a las reglas del proceso debido es factible, sin necesidad de recurrir a soluciones extremas o formas estandarizadas de actuación, garantizando el más absoluto respeto a los derechos procesales de las partes involucradas. Conseguir ese adecuado contrapeso de los intereses en juego es tarea que corresponde particularmente al órgano instructor, resultando imprescindible su especialización y convirtiéndose, la valoración correcta del riesgo, en el eje fundamental que debe presidir su actuación.