E-SPORTS COMO ¿DEPORTE?, LOS. Análisis jurídico y técnico-deportivo de su naturaleza y los requisitos legales exigidos.
- Sinopsis
- Índice
Es un hecho innegable la imparable expansión de la práctica de los videojuegos, que, gracias a la tecnología, puede efectuarse desde cualquier dispositivo incluso interactuando con usuarios de todo el mundo. Originariamente algunos ya reproducían, con enormes limitaciones técnicas, competiciones deportivas; actualmente el elenco de deportes que se puede practicar virtualmente es mayor, y la similitud con la realidad es casi total.
Los videojuegos son, además de entretenimiento, un enorme negocio. En torno a programas de temática deportiva y no deportiva existen ya competiciones con gran número de participantes y seguidores, e incluso algunos jugadores profesionales que entrenan las destrezas y habilidades precisas para triunfar. Sin diferenciar contenidos se habla interesadamente de deportes electrónicos o e-Sports, habiéndose llegado a proponer su reconocimiento como deporte, con unas connotaciones y beneficios publicitarios inigualables. Ello ha generado un debate técnico-deportivo (desde las Ciencias del deporte) y jurídico que discurre compartimentado y con planteamientos y respuestas diferentes.
Esta monografía
analiza minuciosamente, desde ambos puntos de vista, los requisitos que debe
reunir una actividad para poder ser reconocida como modalidad deportiva,
aplicándolo al caso concreto de los e-Sports.
CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO II. EL ¿VERDADERO? ORIGEN DEL DEBATE: LOS IMPORTANTES INTERESES SUBYACENTES
CAPÍTULO III. LA TERMINOLOGÍA: UN ELEMENTO IMPORTANTE
I. PLANTEAMIENTO
II. LA ENGAÑOSA APARIENCIA DEL TÉRMINO E-SPORT
III. OTROS PROBLEMAS TERMINOLÓGICOS
CAPÍTULO IV. EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS MODALIDADES DEPORTIVAS EN ESPAÑA
I. INTRODUCCIÓN
II. ÁMBITO ESTATAL
A. Regulación y procedimiento
B. Las especialidades deportivas
III. ÁMBITO AUTONÓMICO
CAPÍTULO V. EL DEBATE PRELIMINAR
I. PLANTEAMIENTO
II. POSICIONES A FAVOR
III. POSICIONES EN CONTRA
IV. POSICIONES INTERMEDIAS
CAPÍTULO VI. ¿CUMPLEN LOS E-SPORTS LOS REQUISITOS PARA SER RECONOCIDOS COMO MODALIDAD DEPORTIVA?
I. INTRODUCCIÓN
II. REQUISITOS TÉCNICO-DEPORTIVOS
A. Realización directa de la actividad por seres humanos
B. Ser una actividad física, es decir, vinculada a un tipo de acción que implique
un esfuerzo físico significativo y/o la realización de movimientos complejos
a) Algunas opiniones desde el ámbito
de las Ciencias del Deporte
b) Algunas opiniones desde el ámbito
de las Ciencias jurídicas
C. Que la actividad tenga claro carácter competitivo (enfrentamiento, lucha,
combate, etc.) entre dos o más individuos, buscándose la victoria sobre el
adversario
D. Sometimiento de la actividad a entrenamiento sistemático y continuado que
permita optimizar el rendimiento deportivo
III. REQUISITOS ESTRUCTURALES Y DE VIABILIDAD
A. Que la actividad esté reconocida e implantada internacionalmente, con una
estructura gestora y desarrollándose competiciones, preferentemente con
reconocimiento del Comité Olímpico
B. Que la actividad cuente en España con una implantación adecuada en lo re-
ferente a número de practicantes y expansión por todo el territorio nacional
C. Que sea una actividad regulada, contando con reglas de competición, deter-
minación del número de participantes, requisitos del terreno de juego, el
equipamiento o la necesidad de un arbitraje cualificado
D. Que la actividad no presente coincidencias significativas con otra modalidad,
especialidad o prueba accesoria ya reconocida
IV. OTROS REQUISITOS
A. Que la actividad respete los valores éticos de la sociedad
B. Compromiso para la protección de la integridad
C. Compromiso en la lucha contra el dopaje
D. Que la actividad sea respetuosa con el medio ambiente
E. Que la actividad no constituya una práctica basada en juegos de azar o en
juegos no competitivos en origen, de estrategia o en la habilidad puramente
normal o que, aunque competitiva, sea fundamentalmente de naturaleza
sedentaria
F. Que la actividad no implique un monopolio sobre el material deportivo
CAPÍTULO VIII. A MODO DE CONCLUSIÓN
I. El debate no es natural sino interesado, y no cuenta con suficiente respaldo científico
II. Los e-Sports no combinan la naturaleza técnico-deportiva y el cumplimiento de todos los requisitos legales para poder ser reconocidos como deporte ni como modalidad deportiva
A. Concepción legal
B. Concepción técnico-deportiva
III. La necesidad de positivizar lo que hasta ahora no había sido necesario para verificar su incumplimiento por los e-Sports: los requisitos implícitos de los deportes
A. La presencialidad
B. La vocación de permanencia
C. La inocuidad, más allá de las lesiones
D. El respeto al modelo europeo de deporte
IV. Las contraproducentes consecuencias de un hipotético reconocimiento
V. La posible distorsión estadística de la realidad deportiva
VI. Conclusión final
BIBLIOGRAFÍA
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