ALTA COCINA Y DERECHO DE AUTOR.
- Sinopsis
- Índice
Los «plats-signature», «signature-dishes» o «platos de autor» están más cerca de la expresión artística que del saber-hacer que se aprende en las escuelas de cocina. La noción de «creación propia de un autor» ha devenido nítida en el arte culinario. Como señalan sus protagonistas, hablar de «cocina creativa» es hablar de «creaciones» y de «autores». Y la calificación de obras o creaciones culinarias la ha establecido el conjunto de una sociedad cada día más conocedora, que elige, prefiere y distingue entre las obras «de Carme Ruscalleda», «de Arzak», «de los hermanos Roca», «de Aduriz» o «de Adrià». Tal realidad ya advierte de la necesidad de proteger aquel vínculo entre autores y obras: sin aquellos autores no existirían susobras culinarias, de las que se responsabilizan cuando las dan a conocer ante la sociedad, por lo que pueden exigir el reconocimiento de su condición de autor, así como el respeto de su obra.
¿Existe algún fundamento serio o razonable que demuestre que la creatividad que se da en las artes plásticas, en la arquitectura, en la música o en la cinematografía es más respetable que la del arte culinario?; ¿es más respetable, tal vez, la autoría de un formato televisivo, programa de ordenador o base de datos, que la de una obra culinaria? Bien podemos responder sin dudar que no. Y no hay razón alguna que justifique un trato distinto entre autores por el género o tipo de obra.
Lejos de un
mero savoir-faire, una verdadera actividad intelectual y creadora se da en la
creación de una obra culinaria, en los mismos términos que en la creación de una
obra musical o de una obra plástica. Y el presente trabajo aborda un estudio
exhaustivo del objeto de protección por el Derecho de autor y analiza si la
creatividad culinaria puede integrarse en su demarcación, y si las distintas
formas de expresión de la que denominamos «obra culinaria» cumplen con la
exigencia legal de objetivación o exteriorización y, aquella obra protegible,
con la de originalidad. Se estudian también los supuestos posibles de copia; la
titularidad; y el contenido de los derechos y facultades del autor o autora de
una obra culinaria. Y ya avanzamos la conclusión general: no existe ningún
obstáculo inherente en la Ley de Propiedad Intelectual española, como tampoco en
las leyes de los países de nuestro entorno, que impida que las obras culinarias
accedan y se beneficien de su protección. Y, de hecho, ya existen algunas
sentencias en tal sentido.
INTRODUCCIÓN GENERAL
I. UN ACERCAMIENTO JURÍDICO A LA «GASTRONOMÍA»
II. UN APUNTE SOBRE LA REALIDAD SOCIAL Y ECONÓMICA DE LA GASTRONOMÍA ESPAÑOLA
III. ARTE Y CREATIVIDAD CULINARIA
IV. «ESSE EST PERCIPI»: LA AUTORÍA CULINARIA
V. INSPIRACIÓN Y PLAGIO EN LAS OBRAS CULINARIAS
VI. LA AUTORREGULACIÓN DE LA «PROPIEDAD INTELECTUAL CULINARIA»
CAPÍTULO I. LA DELIMITACIÓN EXTERNA DEL DERECHO DE AUTOR Y LA INTEGRACIÓN DE LA CREATIVIDAD CULINARIA
I. DÓNDE ESTÁ LA CREATIVIDAD PROTEGIBLE
II. EL PROCESO DE CREACIÓN DE UNA OBRA CULINARIA
III. ¿ES LA CREATIVIDAD CULINARIA SUSCEPTIBLE DE PROTECCIÓN POR EL DERECHO DE AUTOR?
CAPÍTULO II. LA DELIMITACIÓN INTERNA DEL DERECHO DE AUTOR: LA PROTECCIÓN DE LA OBRA CULINARIA A TRAVÉS DE SUS FORMAS DE EXPRESIÓN
I. LA PROTECCIÓN DE LA OBRA CULINARIA A TRAVÉS DE LA FORMA SENSIBLE CARACTERÍSTICA
II. LA PROTECCIÓN DE LA OBRA CULINARIA PLASMADA EN UNA FORMA CONVENCIONAL REPRESENTATIVA
CAPÍTULO III. LA ORIGINALIDAD Y LA COPIA EN LAS OBRAS CULINARIAS
I. CONCURRENCIA Y VALORACIÓN DE LA ORIGINALIDAD EN LAS OBRAS CULINARIAS
II. SUPUESTOS DE COPIA Y COMPARACIÓN ENTRE LAS FORMAS DE EXPRESIÓN DE LA OBRA CULINARIA
CAPÍTULO IV. CONTENIDO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE LA OBRA CULINARIA
I. FACULTADES MORALES DEL AUTOR
II. FACULTADES DE EXPLOTACIÓN DEL AUTOR DE UNA OBRA CULINARIA
CAPÍTULO V. LA TITULARIDAD DE LOS DERECHOS EN LA OBRA CULINARIA
I. LA AUTORÍA SINGULAR DE LA OBRA CULINARIA
II. OBRAS CULINARIAS DE AUTORÍA PLURAL
III. LA TITULARIDAD DE LAS OBRAS CULINARIAS CREADAS EN VIRTUD DE UN CONTRATO LABORAL Y POR ENCARGO
IV. EJECUCIÓN MATERIAL DE LA OBRA CULINARIA Y RECONOCIMIENTO DE DERECHOS AFINES. EL «ESPECTÁCULO GASTRONÓMICO» COMO «OBRA ESCÉNICA»
CAPÍTULO VI. A MODO DE CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA
JURISPRUDENCIA