COMENTARIOS A LAS SENTENCIAS DE UNIFICACIÓN DE DOCTRINA (Civil y Mercantil). Vol. 3º (2009)
Venían siendo excesivas las
contradicciones padecidas por el sistema de nuestro Derecho privado como
consecuencia de que la Sala Primera haya dictado desde hace cerca de un siglo
sentencias muy dispares, y hasta de signo opuesto, para supuestos prácticamente
idénticos. El que, al igual que ya sucede desde hace años en las restantes Salas
del Alto Tribunal, la Sala de lo Civil haya tomado la iniciativa de unificar la
doctrina por medio de sentencias plenarias dictadas en tantos temas polémicos es
algo de lo que todos hemos de felicitarnos, y que tiene una importancia capital.
La iniciativa debe ponerse en el haber del Presidente de la Sala primera, Don
Juan Antonio Xiol, pero sin olvidar a ninguno de los Magistrados de la misma. Un
verdadero acontecimiento que sin duda marcará una nueva etapa en la
jurisprudencia del Derecho civil y mercantil.
Esta colección de la editorial Dykinson está dedicada
específicamente al análisis y comentario de las sentencias de carácter plenario
del Tribunal Supremo, con el objeto de dar a conocer a la comunidad científica
el contenido de las resoluciones que tratan de cumplir la deseada función
profiláctica de la jurisprudencia, y de hacerlo de un modo merecido, con una
sede editorial propia. Jueces, Notarios, Registradores, Abogados y Profesores
universitarios, entre otros, deben estar al corriente de la nueva jurisprudencia.
Naturalmente que el juez está sometido al imperio de la ley, pero es que de ese
imperio forma parte todo el contexto que la circunda. Sin que decir esto suponga
convertir al precedente judicial en lo que no queremos que sea, es evidente que
la ley se conoce, se aprehende y se consume en la misma medida en que es ley
interpretada. El conocidísimo artículo 9.3 CE no solo garantiza, entre otras
cosas, los principios de legalidad y de jerarquía normativa, sino también el de
seguridad jurídica, y de las posibles interpretaciones que una ley puede tener,
no más orden judicial que el Tribunal Supremo con la misión de marcar cuál es la
que, en principio, debe prevalecer.
Este tercer volumen comprende los comentarios de las
sentencias plenarias dictadas durante el año 2008. Los mismos han sido
realizados por civilistas y mercantilistas de primer nivel.
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