JURISDICCIÓN VOLUNTARIA EN MATERIA MERCANTIL. Tras la Ley 15/2015 de 2 de julio de Jurisdicción Voluntaria.
La Ley 15/2015. de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, supone una definitiva y muy esperada reforma de la norma decimonónica que regulaba esta materia en el derecho español. abriendo para todos los operadores jurídicos una vía moderna y novedosa en la resolución de determinados conflictos, basada en los principios de desjudicialización, alternatividad de autoridades y resolución de la controversia en el propio expediente de Jurisdicción Voluntaria.
Este trabajo
aborda los aspectos mercantiles de la Ley. desde la experiencia de la práctica
procesal en los juzgados. realizando un estudio en dos bloques: uno general
sobre los procedimientos judiciales, registrales y notariales y otro especial
dedicado a cada uno de los expedientes de naturaleza mercantil, así como a
aquellos otros civiles con influencia en la materia, analizando la doctrina más
autorizada y las resoluciones dictadas en la aplicación de los preceptos
estudiados.

